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Es entendido como una extensión del derecho a la libertad de opinión y de expresión, el derecho a la libertad de reunión y a la libertad de asociación. Para el caso particular de estudio realizado por la Dirección de Derechos Humanos, hemos incorporado este derecho al de libertad de opinión y expresión. Dec. Def, DD.HH, art. 7

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